A partir del asalto armado perpetrado el domingo 11 de junio en un almacén del barrio San Cayetano, este sábado se efectuó en los tribunales penales de Comodoro Rivadavia la audiencia de control de detención y apertura de la investigación respecto de un nuevo imputado, Tomás Nahuelquir, quien fue aprehendido en una serie de allanamientos realizados el viernes.
Ya el mismo domingo había sido detenido en inmediaciones del comercio otro sospechoso, Hugo Daniel Bystray, a quien el martes le dictaron un mes de prisión preventiva.
Este sábado el fiscal solicitó se declare legal la detención de Nahuelquir, que se le formalice robo agravado por haber sido cometido con el uso de arma de fuego y por las lesiones graves causadas. Además, pidió que se dicte su prisión preventiva.
La defensa no cuestionó la legalidad de la detención, pero sí la autoría y requirió la libertad de su representado con presentaciones y subsidiariamente su arresto domiciliario. Finalmente, la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Nahuelquir, formalizar el delito en su contra y dictó por último su prisión preventiva por tres meses.
La audiencia de control y apertura fue presidida por Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal –como parte acusadora- fue representado por Cristian Olazabal, fiscal general y Fabiola López y Cristian Ovalle, funcionarios de fiscalía; en tanto que la defensa de Nahuelquir fue ejercida por María Cristina Sadino, defensora pública.
En un primer momento el fiscal solicitó que se declarara legal la detención de Nahuelquir ya que el mismo fue detenido el viernes por orden de un juez penal competente. Seguidamente solicitó que se le formalice el delito perpetrado el 11 de junio de 2023, siendo aproximadamente las 13:15, c uando la víctima se encontraba atendiendo su local comercial “Feria – Almacén RM”, en la esquina de las calles Cámpora y Mahuida, del barrio San Cayetano, junto a su esposa y e hijos.
Según el relato de la fiscalía, se estacionó frente al local comercial un Chevrolet Corsa, de color gris sin capot, conducido por Hugo Daniel Bystray, del cual descendieron de la puerta trasera, lateral derecho, dos individuos, uno de ellos Tomás Nahuelquir, y otro cuya identidad se ignora hasta el momento.
Los dos individuos que entraron al local empuñaban armas de fuego y exigieron a los comerciantes que les entregaran su dinero. Según Olazabal, ante la negativa de la víctima, Nahuelquir le efectuó un disparo que le impactó al comerciante en la rodilla izquierda, provocándole lesiones que en principio revisitarían el carácter de graves.
Luego de agredir a la víctima, los asaltantes se retiraron del lugar.
Se subieron al Chevrolet sin capot, conducido por Bystray, quien, con el fin de procurar su huida, los sacó del lugar llevando ambos consigo las armas de fuego.
Dicha circunstancia fue advertida a personal policial de la Seccional Sexta, quienes transmitieron la novedad a la red policial.
De ese modo, personal policial de las seccionales Cuarta y Séptima hallaron el vehículo en la calle Los Naranjos, frente a la numeración 951, con sus puertas abiertas, documentación a nombre de Brystay y una réplica de arma de fuego.
A unos cien metros, en la esquina de Las Violetas y Huergo procedieron a la aprehensión de Bystray, quien llevaba en sus manos la llave del vehículo Chevrolet Corsa. Los otros dos individuos escaparon del lugar.
El fiscal calificó jurídicamente el caso como “robo agravado por el uso de arma de fuego y por las lesiones graves causadas” en calidad de “coautor” para Nahuelquir.
A continuación, el acusador público solicitó la prisión preventiva de Nahuelquir por tres meses a partir de la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del delito y por los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
“Es necesario el dictado de la medida de coerción por las características graves del hecho y la pena en espera, en caso de recaer condena, con un mínimo de 6 años y 8 meses de prisión. Se presume se va a sustraer de la justicia y además dijo no tener domicilio fijo. Además, existe peligro de entorpecimiento ya que aún resta identificar a un sujeto”, indicó el fiscal.
La defensora no cuestionó la detención, pero sí que la fiscalía indica que la persona que disparó fue Nahuelquir y a su entender “las evidencias para esto son insuficientes”.
En consecuencia, no se le puede dictar ninguna medida de coerción, argumentó la defensora, ya que restan las pericias a las armas secuestradas, subrayó.
La abogada negó también la existencia del peligro de fuga y el de entorpecimiento. Agregó que su asistido no tiene antecedentes penales. De ese modo, solicitó la libertad de Nahuelquir con presentaciones o subsidiariamente su arresto domiciliario.
Finalmente, la jueza declaró legal la detención. También, debido a que existen una serie de indicios unívocos y concordantes para presumir la coautoría de Nahuelquir dictó el plazo de seis meses de investigación y el de tres meses de prisión preventiva para Nahuelquir.