Para cerrar cualquier especulación de fechas, la Sala IV de la Cámara de Casación fijó en su calendario el 13 de noviembre para la lectura de la sentencia sobre el caso Vialidad. La modalidad elegida responde, en gran medida, a la envergadura del expediente. Hay pocos antecedentes de estas características y los mismos sustentan el criterio que el máximo tribunal penal adoptó con el objetivo, también, de brindar “certeza y transparencia al acto”.
En un mes se conocerá la decisión de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña respecto a la causa en la que se investigaron 51 contratos viales que entre 2003 y 2015 fueron adjudicados al mismo grupo empresarial en la provincia de Santa Cruz: al holding de Lázaro Báez.
Durante el período en el que ganó todos los procesos licitatorios, entre 2003 y 2015, el dueño del Grupo Austral celebró más de veinte acuerdos comerciales con la familia Kirchner. Su único ingreso y millonario, eran los fondos públicos destinados a rutas y caminos.
A la hora de analizar las pruebas recolectadas durante la etapa de instrucción, el Tribunal de juicio dio veracidad a las acusaciones iniciales: hubo un direccionamiento de los concursos públicos de obra vial, se buscó beneficiar siempre a la misma persona, se crearon circuitos preferenciales de pago desde la Dirección de Vialidad Nacional que dependía de Planificación Federal se omitieron los controles sobre las rutas que pese a no avanzar se iban pagando igual.
Desde el Estado se montó una estructura para beneficiar con más de 46.000 millones de pesos a un sólo empresario. La justicia dijo más: no era el beneficiario final, sino que parte de esos fondos retornaron a las arcas de la familia Kirchner.
La defraudación al Estado se calculó en 80.000 millones de pesos.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal debe resolver si confirma la sentencia condenatoria que dictó el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) en diciembre de 2022, en la que se le otorgaron seis años de cárcel a Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López y a Nelson Periotti. Los demás imputados obtuvieron una pena menor, y Julio De Vido fue absuelto junto a otros tres ex funcionarios de Vialidad Provincial y Nacional en Santa Cruz.
El otro escenario bajo estudio es hacer lugar al reclamo de las defensas y anular la sentencia de juicio requiriendo una nueva resolución sobre el caso.
La tercera alternativa es la que se sustenta en el planteo del Ministerio Público Fiscal, que ante el máximo tribunal penal está representado por Mario Villar. El fiscal general sostuvo el reclamo de su par de juicio, Diego Luciani, quien requirió que, además de la condena por administración fraudulenta, Cristina también sea penada como jefa de una asociación ilícita. Esto implicaría doce años de prisión para quien ahora busca presidir el PJ.
Con los plazos procesales vencidos, la Sala IV fijó fecha para el 13 de noviembre para dar a conocer su decisión. Tampoco será la palabra final, pues se descartan recursos extraordinarios ante la Corte Suprema de Justicia.
Los camaristas resolvieron, además, leer la sentencia, una práctica que –si bien está contemplada en el Código Procesal Penal- no suele aplicarse.
Ante la consulta de Clarín, fuentes judiciales indicaron que se eligen los casos en los cuales implementar esta práctica. La ley habla de “fecha cierta, transparencia de los jueces frente a los acusados y que todo sea en audiencia pública”.
Al entender que el caso Vialidad es de relevancia jurídica, se trata de un caso complejo y la sentencia se funda en más de 400 páginas, los camaristas resolvieron leer la sentencia.
Sobre esta práctica hay unos pocos antecedentes, todos en casos de mucha relevancia. Se leyeron la sentencia del caso Cromañon, la decisión respecto al juicio sobre el accidente de LAPA, y la recusación del entonces juez Claudio Bonadio en el caso Hotesur.
El historial incluye otros expedientes, como la llamada causa ESMA por delitos de lesa humanidad. El caso Vialidad se sumará a esa selección.