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Utilizó los videojuegos para abusar de una menor

El próximo lunes, a las 13, el tribunal integrado por los jueces penales Daniela Arcuri, María Laura Martini y Jorge Odorisio dará a conocer su veredicto acerca de la responsabilidad penal del acusado.

El fiscal en su alegato final solicitó se declare penalmente responsable a C.A.S. ya que se ha podido llegar, con el grado de certeza necesario, a un pronunciamiento condenatorio. A su criterio, pudo probar los hechos.

Añadió que la imposibilidad de la víctima de poner en palabras lo sucedido fue “por su estado emocional y por su grado de maduración”.

El mecanismo utilizado para doblegar la conducta de la víctima fueron los videojuegos. La agresión sexual que sufrió fue gravemente ultrajante, en al menos dos oportunidades.

La psicóloga del Cuerpo Interdisciplinario Forense sostuvo que el relato de la víctima presenta características compatibles con haber padecido una situación traumática, continuó el fiscal Cárcamo.

El relato del menor encontró confirmaciones en las restantes pruebas testimoniales, como así también presentaba coherencia interna y externa. Ha podido acreditarse en el debate, más allá de toda duda razonable, el modo en que ocurrieron los hechos.

La víctima indicó que su agresor fue el acusado C.A.S.. Por ello el fiscal solicitó se declare al mismo penalmente responsable del delito de “abuso sexual, gravemente ultrajante agravado por la situación de guarda, al menos dos hechos en concurso real; en concurso real con abuso sexual simple, al menos dos hechos en concurso real” en calidad de “autor” para C.A.S.

A continuación la asesora de Menores, Claudia Torrecillas, en representación complementaria de la víctima acompañó lo argumentado por el fiscal en su alegato y en su pedido de responsabilidad penal para el imputado, solicitando se valore el relato de la víctima de abuso sexual infantil según lo dispuesto en los Tratados Internacionales al respecto.

“Se trata de no revictimizar a la víctima. Por ello en la pericia psicológica primero se realiza la validación y luego la Cámara Gesell; por ello el niño declara solo una vez y ante un profesional con competencia”, acotó.

Seguidamente, el defensor público Gustavo Oyarzún argumentó en su alegato que “las postulaciones de hecho, en la acusación fiscal, deben ser probadas más allá de toda duda razonable. La acusación no responde al estándar de juicio previo, ya que no brinda una explicación razonable al imputado en todo el proceso”.

Por esa razón, solicitó al tribunal “la nulidad de la acusación por la imposibilidad concreta de defenderse sobre los hechos” de su asistido.

También se refirió a “la secuencia temporal” de los hechos y a la “falta de precisión en la acusación” de los mimos. Subsidiariamente el defensor planteó la figura de “abuso sexual simple, y no gravemente ultrajante, ya que no se configuran los hechos normativos del tipo”.

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